ECONOMÍA ESCRITURAL: SHEMITÁ שמיטה REMISIÓN – LIBERACIÓN DE DEUDAS

Habiendo avanzado en el desglose de los pilares
que sostienen el sistema financiero del REINO, es imperativo comprender
que la TORÁ no es un código estático, sino una estructura dinámica
diseñada para la preservación de la dignidad humana y la libertad del YISRAEL
de YHWH. Tras haber analizado cómo el PATRÓN ECONÓMICO celestial
difiere del sistema fiduciario humano, y cómo el COBRO DE INTERÉS o USURA
actúa como un mecanismo de opresión que destruye la fraternidad, pasamos ahora
a la culminación de la justicia social escritural: la SHEMITTÁ o el PERDÓN
DE DEUDAS.
A continuación, presentamos el esquema general
de la serie para contextualizar este desarrollo y permitir que los nuevos
lectores comprendan la progresión de la REVELACIÓN económica.
- ECONOMÍA ESCRITURAL: TORÁH תורה INSTRUCCIONES
PARA EL PATRÓN ECONÓMICO: Establece el fundamento del PATRÓN TRABAJO-PRODUCTIVIDAD
(Omer de Cebada - Shéquel de Plata) como el único respaldo honesto de la
moneda, invalidando el patrón oro especulativo y la creación privada de
dinero.
- ECONOMÍA ESCRITURAL: SHALAM שלם RESTITUCIÓN
– RETRIBUCIÓN – COMPENSACIÓN A LAS VÍCTIMAS: Analiza el sistema judicial de la TORÁ
basado en el concepto de SHALAM (Retribuir/Completar), donde la
justicia económica se enfoca en resarcir el daño a la víctima y proteger
la propiedad privada frente al robo y el hurto.
- ECONOMÍA ESCRITURAL: SHEMITÁ שמיטה REMISIÓN
– LIBERACIÓN DE DEUDAS: Explora el mecanismo cíclico de la SHEMITTÁ y el SHAMÁT
(Soltar), diseñado para liberar a los deudores y prevenir que la pobreza
se convierta en una condición permanente de servidumbre.
- ECONOMÍA ESCRITURAL: LA USURA נשך EL COBRO
DE INTERESES Y LA APLICACIÓN QUE LE DA LA TORÁ: Desglosa la prohibición absoluta del NÉSHEK
(Interés) entre hermanos, exponiendo cómo el cobro por el uso del dinero
corrompe el sistema productivo y somete a las naciones bajo un yugo
babilónico.
- ECONOMÍA ESCRITURAL: TORÁH תורה
INSTRUCCIONES PARA EL TRATO DE LOS POBRES LA POBREZA: Examina los estatutos de bienestar social
que buscan erradicar la necesidad mediante la TZEDAKÁ (Justicia) y
la responsabilidad mutua (AREVÚT), garantizando que nadie en la
nación sea desamparado.
La experiencia humana en este sistema de cosas
nos ha colocado, inevitablemente, en ambos lados de la balanza: todos hemos
sido ACREEDORES que exigen lo que se nos debe y, en algún momento, DEUDORES
que imploran por tiempo o clemencia. Bajo la óptica de la TORÁ, esta
dinámica trasciende lo monetario; debemos comprender que una OFENSA o un
daño causado hacia una persona constituye una DEUDA real que posee un
carácter y un peso específico según la gravedad de la falta. Esta deuda debe
ser honrada o restituida para restaurar el equilibrio del SHALOM, pues
el pecado contra el prójimo genera un pasivo espiritual que nos encadena tanto
a nosotros como a quienes hemos herido.
El análisis de la SHEMITTÁ no puede
limitarse a un frío cálculo de calendarios o una transacción contable de
nulidad. Para comprender la REMISIÓN, debemos diseccionar la ACTITUD
que el ELOHIM de Israel exige de sus ciudadanos. La TORÁ no solo
regula la mano que firma el contrato, sino el corazón que sostiene el derecho
de cobro.
LA NATURALEZA DE NUESTRA CONDICIÓN COMO DEUDORES
Antes de ejercer nuestra autoridad como ACREEDORES,
la TORÁ nos confronta con nuestra propia realidad histórica y
espiritual: todos somos deudores insolventes ante el TRIBUNAL CELESTIAL.
Al entender que nuestra vida, libertad y provisión son un préstamo del ALTÍSIMO,
la perspectiva sobre lo que otros nos deben cambia radicalmente. La OFENSA
o el daño recibido, aunque real y pesado, debe ser procesado a través del
filtro de la MISERICORDIA que nosotros mismos hemos recibido. El
carácter de un ciudadano del Reino se mide por su capacidad de no retener el
pecado o la deuda del prójimo como un arma de control, sino como una
oportunidad para reflejar el atributo de YHWH que es PERDONADOR
por naturaleza.
Como vimos en nuestro análisis sobre los pobres
la instrucción prohíbe cerrar la mano al hermano necesitado por el simple hecho
de que el año de la SHEMITTÁ esté cerca. Retener la ayuda por temor a
perder el capital es considerado un pecado que clama al cielo.
El MASHÍAJ YAHUSHÚA nos enseña que el
perdón de deudas es el "estándar de vida" del Reino, nos llama a ser PERDONADORES
IMPARCIALES, rompiendo las barreras de raza, denominación o nación,
estableciendo así el antídoto definitivo contra el sistema de ESCLAVITUD
PERPETUA.
Mientras que las naciones se rigen por el
interés compuesto y la deuda eterna, el GOBIERNO DE YHWH introduce un
cortocircuito al ciclo de la pobreza. La SHEMITTÁ es una herramienta de
justicia social que impide que una mala racha económica se convierta en una
sentencia de por vida. Es el mecanismo que garantiza que la tierra y las
personas siempre tengan una oportunidad de retorno y restauración, manteniendo
la libertad como el valor supremo de la comunidad del pacto.
En el desarrollo de este análisis, nos
adentraremos en la profundidad legal del perdón bajo los conceptos de SHEMITTAH
שְׁמִטָּה
y SHAMÁT שָׁמַט. No
estamos ante un simple acto de caridad opcional, sino ante una columna
vertebral del GOBIERNO DE YHWH que equipara la deuda financiera con la
transgresión espiritual. Entenderemos cómo el MASHÍAJ YAHUSHÚA elevó
este estatuto de DEVARIM a una realidad del RUAJ HAKODESH, donde
la REMISIÓN de la deuda se convierte en el estándar de vida para los
ciudadanos del Reino y el antídoto contra el sistema de esclavitud perpetua que
rige a las naciones.
Bajo esta perspectiva, el PERDÓN deja de
ser una emoción para convertirse en una CONSTITUCIÓN LEGAL que garantiza
la libertad del YISRAEL DE YHWH. Al soltar la obligación del deudor, el
acreedor no solo libera al hermano de la opresión del NÉSHEK (interés),
sino que se alinea con la justicia de ELOHIM, reconociendo que todo
recurso proviene de Su mano y que el ser humano no puede ser propiedad de otro
mediante contratos financieros. Este análisis busca desmantelar la mentalidad
de escasez y sustituirla por la confianza plena en la provisión del Padre,
estableciendo que, en la ECONOMÍA ESCRITURAL, el éxito no se mide por la
acumulación, sino por la capacidad de LIBERACIÓN.
A fin de estructurar este conocimiento de manera
sistemática, se presenta el siguiente índice temático de los principales puntos
que se abordarán en este análisis:
·
LA NATURALEZA DE NUESTRA
CONDICIÓN COMO DEUDORES Este punto analiza la
realidad antropológica y espiritual del ser humano frente a la santidad de YHWH.
Se examina cómo el pecado constituye una deuda legal impagable por méritos
propios, estableciendo la necesidad de un sistema de redención que solo el MASHÍAJ
puede ejecutar bajo los parámetros de la TORÁ.
·
SHEMITTAH: SIGNIFICADO
ETIMOLÓGICO Y EL PODER LEGAL DE LA REMISIÓN Se desglosa la raíz
primaria SHAMÁT y el sustantivo SHEMITTAH, revelando que la
remisión no es un simple olvido, sino un acto jurídico de "soltar" o
"despeñar" la carga del deudor. Este análisis establece el fundamento
lingüístico para comprender la liberación total que el REINO ofrece a
los oprimidos.
·
LA PARÁBOLA DEL DEUDOR: EL
JUICIO DE LA IMPARCIALIDAD A través de las enseñanzas
de YAHUSHÚA, se explora la severidad del juicio sobre aquellos que
habiendo recibido la SHEMITTAH divina, niegan la misericordia a sus
semejantes. Este apartado subraya que la falta de perdón cancela los beneficios
de la remisión recibida, revelando la ética de reciprocidad del RUAJ
HAKODESH.
·
SHEMITÁ REMISIÓN DE LA
DEUDA CADA SIETE AÑOS Se estudia el ciclo
septenario establecido en DEVARIM como un mecanismo de justicia social
que evita la acumulación perpetua de riqueza y la pobreza generacional. Este
precepto demuestra que la tierra y sus recursos pertenecen a YHWH, y que
Su pueblo debe administrar la economía bajo ciclos de descanso y liberación.
·
PERDONAR DEUDAS O PRÉSTAMOS
A LOS EXTRANJEROS Este segmento aborda la expansión del concepto
de prójimo en la TORÁ, analizando la relación con el GUER o
extranjero. Se enfatiza que la justicia de YHWH trasciende el
nacionalismo, exigiendo una conducta de integridad y generosidad que refleje el
carácter imparcial del ELOHIM de YISRAEL.
·
EL BUEN SAMARITANO: LA
RESTAURACIÓN DEL PRÓJIMO EN LA SHEMITTAH Se presenta un REMEZ
profundo sobre esta MASHAL, identificando al MASHÍAJ como el
ejecutor de la JESED suprema. El análisis conecta la acción de restaurar
al herido con el espíritu de la SHEMITTAH, donde el rescate del prójimo
es la máxima expresión del cumplimiento de la TORÁ.
Con esta estructura definida, pasamos al
desarrollo pormenorizado de cada uno de estos puntos, donde desentrañaremos la
profundidad legal y espiritual que YHWH estableció en las KADOSHIM
KETUVIM para la restauración de Su pueblo.
SHEMITTAH: SIGNIFICADO
ETIMOLÓGICO Y EL PODER LEGAL DE LA REMISIÓN
En el libro de DEVARIM, observamos una
progresión legislativa y espiritual fundamental. MOSHÉ expande el
discurso desde la administración del diezmo para los necesitados hacia la CANCELACIÓN
DE LA DEUDA. Este movimiento no es accidental; establece que la provisión
para el pobre no es completa hasta que se le libera de la carga legal que lo
mantiene en servidumbre. El mandato de la SHEMITTAH es el mecanismo de
justicia social y espiritual más potente del GOBIERNO DE YHWH.
Para desentrañar la profundidad de esta
instrucción, debemos analizar los términos hebreos que YHWH utiliza en
el texto original, los cuales definen la naturaleza de la liberación:
- SHEMITTAH שְׁמִטָּה H8059: Sustantivo que deriva de la raíz primaria SHAMÁT. Su
significado literal es interrupción, derrocamiento, liberación o una
suspensión de trabajo. En el contexto de la TORÁ, representa el
acto formal y legal de la remisión. Es el decreto que declara el cese de
una obligación.
- SHAMÁT שָׁמַט H8058: Verbo y raíz primaria que denota la acción de tirar hacia abajo,
empujar, dejar tranquilo, desistir o descontinuar. Figurativamente,
implica "echar abajo la carga" o "despeñar" la
obligación.
La aplicación de estos términos al sistema de
deudas revela que la SHEMITTAH no es simplemente un aplazamiento de
pago, sino una acción de "SOLTAR" (SHAMÁT). Cuando el
acreedor ejecuta la SHEMITTAH, está desistiendo de su derecho de "ASFIXIAR"
o forzar al prójimo.
- EN EL ÁMBITO FINANCIERO: Significa que
la deuda se despeña, se deja caer, liberando al deudor de la gravedad de
su insolvencia.
- EN EL ÁMBITO ESPIRITUAL: Significa que
la ofensa o el pecado (que actúa como una deuda legal) es
"soltado", permitiendo que el individuo camine sin el peso de la
transgresión sobre sus hombros.
EL
MANDATO LEGAL DE LA SHEMITTAH
LA INSTRUCCIÓN EN DEVARIM ESTABLECE EL PROTOCOLO
DE LIBERACIÓN:
“AL FINAL DE CADA SIETE AÑOS TENDRÁN UNA
SHEMITTAH (remisión) Así es como la SHEMITTAH (remisión) será hecha:
TODO ACREEDOR SHAMÁT PERDONARÁ DE LO QUE HA PRESTADO A SU HERMANO
(perdonará la deuda que reclama de su prójimo) miembro de la congregación ÉL
NO FORZARÁ A SU PRÓJIMO O A SU PARIENTE QUE LO PAGUE, PORQUE EL TIEMPO DE
REMISIÓN DE YHWH HA SIDO PROCLAMADO” Devarim
15:1,2
Este estatuto no solo detiene el cobro, sino que
desmantela el derecho del acreedor sobre los recursos del deudor. Para
comprender la profundidad de este acto, es imperativo analizar la terminología
hebrea:
- SHEMITTAH שְׁמִטָּה – H8059: Significa interrupción, derrocamiento, liberación o suspensión de
trabajo. Es el acto formal de la remisión.
- SHAMÁT שָׁמַט – H8058: Raíz primaria que denota tirar hacia abajo, empujar, dejar
tranquilo o desistir. Figurativamente, implica echar abajo la carga,
despeñar la obligación y dejar libre al individuo. Denota un desapego
intencional del acreedor sobre tierras, deudas u objetos.
EQUIPARACIÓN
ENTRE PECADO Y DEUDA
Los hijos de YHWH están llamados a ser PERDONADORES
NATURALES. En la estructura legal de la TORÁ, toda transgresión o PECADO
es procesada jurídicamente como una deuda. Cuando un hombre peca contra otro,
se genera una obligación de restitución; el pecador queda "en deuda"
con su víctima.
Esta equivalencia se manifiesta claramente en
las enseñanzas del MASHÍAJ YAHUSHÚA:
- MATIYAH 6:12: “Y perdónanos
nuestras DEUDAS (ofensas), como también nosotros perdonamos a
nuestros DEUDORES”.
- LUCAS 11:4:
“Y perdónanos nuestros PECADOS, porque
también nosotros perdonamos a todos los que nos DEBEN”.
Aquí, los "pecados" y las
"deudas" están claramente equiparados. Por lo tanto, cuando la TORÁ
habla del perdón de la deuda monetaria, el significado espiritual subyacente
incluye la remisión de la TRANSGRESIÓN que pudo haber originado dicha
carencia o conflicto.
Tras Su resurrección, YAHUSHÚA reveló que
el propósito principal de la investidura del RUAJ HAKODESH es la
capacidad de ejercer esta remisión.
EN YOHANÁN LEEMOS:
“¡Shalom Aleijem!", Yahushúa repitió. "Así
como el Padre me envió, Yo mismo los estoy enviando a ustedes." Habiendo
dicho esto, sopló sobre ellos, y les dijo: "¡Reciban el Ruaj
HaKodesh!" SI USTEDES REMITEN LOS PECADOS DE ALGUIEN, SUS PECADOS SERÁN
REMITIDOS; si los retienen, serán retenidos” Yohanán
20:22,23
Este poder de REMISIÓN DE LA DEUDA ESPIRITUAL
fue erróneamente limitado a través de los siglos a una jerarquía religiosa. Sin
embargo, el diseño original es que todo aquel que esté lleno del ESPÍRITU
APARTADO ejerza esta autoridad. La REMISIÓN es una parte natural de
la vida de los hijos de ELOHIM. No es solo un concepto económico para el
séptimo año, sino una disposición constante del corazón que entiende que la
libertad del prójimo es la prioridad del Reino.
Este principio de REMISIÓN y perdón
absoluto no admite parcialismos ni acepción de personas. Para comprender las
consecuencias de retener la deuda ajena mientras se disfruta del perdón divino,
es necesario analizar la MASHAL (parábola) del DEUDOR QUE NO PERDONÓ.
Esta enseñanza de YAHUSHÚA expone la contradicción de un corazón que
recibe la SHEMITTAH espiritual de YHWH, pero se niega a ejercer
el SHAMÁT sobre su prójimo, revelando que la falta de perdón reactiva la
deuda original ante el tribunal celestial.
LA PARÁBOLA DEL DEUDOR:
EL JUICIO DE LA IMPARCIALIDAD
Yahushúa presentó una MASHAL (parábola)
fundamental, registrada por el SHALIAJ MATIYAH, para ilustrar la
mecánica legal del Reino respecto al perdón. Esta enseñanza, contenida en Matiyah 18:23-35, revela que la economía
espiritual de YHWH no solo se basa en la recepción de la gracia, sino en
la transferencia obligatoria de esa misma gracia hacia el prójimo.
EL CONTRASTE DE LA DEUDA: TALENTOS VERSUS DENARIOS
La narrativa presenta
a un hombre que debía una suma astronómica: 10.000 TALENTOS. Para
comprender la magnitud de la misericordia del Rey, debemos analizar el valor de
esta cifra:
- TALENTO כִּכָּר - KIKKAR: Un talento equivalía a aproximadamente 3.000
SICLOS de plata (unas 117 libras o 53 kg).
- Diez mil talentos representaban una deuda
impagable para cualquier individuo, simbolizando la acumulación de
transgresiones que un hombre tiene ante el Tribunal de YHWH.
LA SOBERANÍA DEL ACREEDOR SOBRE EL CICLO DEL YOVEL
Es imperativo observar
que, aunque el YOVEL está sujeto estructuralmente a un ciclo de siete SHEMITTOT
(49 años), en la dinámica de la TORÁ y el Reino, un JUBILEO
también podía ser otorgado en cualquier momento si el acreedor decidía ejercer
su voluntad de hacer RAJEM (Misericordia) y mostrar JESED
(Gracia) al deudor.
Aquí vemos una
distinción vital: si bien la remisión de deudas se ejecutaba en ciclos
específicos —siendo el YOVEL el punto máximo de liberación—, la
autoridad del dueño de la deuda permite romper la barrera del tiempo
cronológico para declarar una libertad total inmediata. Esto nos enseña que el
perdón de YHWH no está rígidamente encadenado al calendario cuando hay
un arrepentimiento genuino o una decisión soberana de Su bondad; el acreedor
tiene la potestad legal de transformar un momento ordinario en un año de
liberación absoluta para aquel que no tiene con qué pagar.
LA TRANSGRESIÓN DEL PARÁPTOMA Y LA DEUDA INTEGRAL
El conflicto surge
cuando este deudor, tras recibir un YOVEL, se encuentra con un vecino
que le debía una cantidad insignificante y se niega a perdonarlo. La
instrucción final de YAHUSHÚA en el verso 35 es tajante:
“Así también hará con
ustedes mi Padre celestial, si cada uno no perdona de corazón a su hermano sus
ofensas (PARÁPTOMA)”.
Es fundamental
observar cómo en esta MASHAL, YAHUSHÚA entrelaza la deuda
económica con la ofensa espiritual. El uso del término PARÁPTOMA παράπτωμα para referirse a una deuda de dinero
revela una verdad profunda en la TORÁ: no existe separación entre lo
material y lo espiritual ante el tribunal divino. Un PARÁPTOMA es, en
esencia, un "caer al lado", un traspié o una desviación. Al aplicar
esta palabra a una falta de pago material, la Escritura nos enseña que el
incumplimiento de una obligación financiera o la retención de un perdón ante
una deuda ajena es, en sí mismo, un pecado o transgresión moral.
En el pensamiento
hebreo, la deuda no pagada o no perdonada genera un "lazo" o una
"atadura" que se convierte en una ofensa contra la santidad de la
comunidad. Por lo tanto, el significado original de PARÁPTOMA (error,
falta, delito) se aplica tanto a la desobediencia de un mandamiento como al
acto de asfixiar a un hermano por una deuda material. La deuda monetaria es
tratada como una ofensa espiritual porque revela el estado del corazón del
acreedor; si el acreedor retiene el PARÁPTOMA del deudor (su deuda/ofensa),
él mismo incurre en un PARÁPTOMA mayor ante YHWH.
ANÁLISIS ETIMOLÓGICO Y LEGAL DE LA TRANSGRESIÓN
Es crucial analizar el
término griego PARÁPTOMA παράπτωμα
bajo la óptica del Reino, ya que define la naturaleza de la falta que el
acreedor se negó a perdonar:
- DESLIZ O LAPSO: Una desviación del camino recto.
- ERROR INTENCIONAL: Una transgresión voluntaria.
- FALTA O DELITO: Un acto que genera una ruptura en la
relación legal y espiritual.
Si buscamos el
equivalente hebreo que capture la esencia de una deuda que es a la vez una
falta moral y un daño material, encontramos dos términos clave:
ASHAM אָשָׁם
– LA OFENSA QUE GENERA DEUDA
Este es el término más
cercano a la implicación legal de la MASHAL. En la TORÁ, el ASHAM
es la "ofrenda por la culpa" o la "transgresión" que
requiere restitución.
- El ASHAM se aplica específicamente
cuando alguien ha cometido un fraude o ha retenido algo que pertenece a
otro (vínculo financiero).
- Al igual que el PARÁPTOMA, el ASHAM
implica que el transgresor está en un estado de "deuda legal"
hasta que se realiza la compensación.
- Si el acreedor en la parábola no perdona
el PARÁPTOMA de su hermano, él mismo se convierte en un ASHAM
(culpable/deudor) ante YHWH.
PESHA פֶּשַׁע
– LA REBELIÓN POR INFRACCIÓN
Mientras que JATTAT
es errar al blanco por debilidad, PESHA es una transgresión con
conocimiento de causa.
- En el contexto de la deuda material, si un
hermano tiene los medios para perdonar o si él mismo ha sido perdonado por
el Rey y aun así oprime al prójimo, su deuda monetaria se transforma en un
PESHA: una rebelión abierta contra el atributo de RAJEM
(Misericordia) del Padre.
- La falta de perdón convierte un asunto
administrativo en un acto de traición contra el decreto real del JUBILEO.
LA CONEXIÓN LEGAL ENTRE DINERO Y PECADO
El uso de PARÁPTOMA
(caer al lado, traspié) se alinea perfectamente con la raíz primaria SHAMÁT שָׁמַט, que significa "dejar caer",
"tropezar" o "despeñar".
- Cuando alguien incurre en una deuda que no
puede pagar, ha "tropezado" financieramente (SHAMÁT / PARÁPTOMA).
- Si el acreedor no ejecuta la SHEMITTAH
(remisión), el "tropiezo" del deudor se convierte en una
"trampa" legal para el acreedor.
- La MASHAL demuestra que lo que el
mundo llama "transacción financiera", el Reino lo llama
"estado del alma". No perdonar un ASHAM material activa
un juicio por PESHA espiritual.
Los hijos de YHWH
deben comprender que retener un PARÁPTOMA o un ASHAM ajeno
bloquea su propia redención. No se trata solo de dinero; se trata de la
capacidad del alma para operar en la misma frecuencia que el TRIBUNAL
CELESTIAL. Al no perdonar, el individuo se descalifica para la PRIMERA
RESURRECCIÓN, quedando bajo el rigor de la ley penal del Reino.
LOS HIJOS DE YHWH Y LA MADUREZ ESPIRITUAL
Esta es una parábola
dirigida específicamente a los VENCEDORES o hijos de YHWH. Revela
una verdad incómoda: los hombres pueden ser justificados por la fe sin
necesariamente haber alcanzado la MADUREZ ESPIRITUAL.
- Muchos son verdaderos creyentes en el
sentido de haber recibido el perdón inicial, pero no todos son PERDONADORES
GENUINOS.
- Al no ser un perdonador, el individuo
demuestra ser INDIGNO DEL YOVEL.
- Como consecuencia legal, su deuda original
—previamente cancelada— es colocada nuevamente sobre sus hombros.
El deudor que no
perdona revela que no sabe vivir de acuerdo con la naturaleza del Reino. Esta
incapacidad de reflejar el carácter de YHWH tiene repercusiones directas
en su estatus de herencia:
- PÉRDIDA DE LA PRIMERA RESURRECCIÓN: Según Revelación
20:4-6, los que reinan con el MASHÍAJ son aquellos que
han sido inmolados por el testimonio y han vencido. Aquellos que retienen
la deuda del prójimo pierden el derecho a este "primer turno" de
vida.
- EL JUICIO DEL GRAN TRONO BLANCO: Al no calificar para la Primera
Resurrección, el creyente no perdonador tendrá que esperar hasta la RESURRECCIÓN
GENERAL. Allí será levantado para juicio junto con los incrédulos, tal
como se describe en Yohanán 5:28-29:
“los que hayan hecho lo malvado, a una resurrección para juicio”.
La lección es clara:
El perdón no es una opción devocional, es un REQUISITO LEGAL para
heredar el Reino y participar de la gloria del MASHÍAJ en su
manifestación inicial.
SHEMITÁ REMISIÓN DE LA DEUDA CADA SIETE AÑOS
“Al final de cada
siete años tendrán una remisión [SHEMITTÁ שְׁמִטָּה]
…perdonará la deuda que reclama de su prójimo” Devarim/Deuteronomio
15:1
Las fechas son
importantes para hacer contratos. Sin embargo, para escribir una fecha, uno
debe tener un calendario oficial para definir esas fechas. El sistema de la TORÁ
funciona en el calendario del YOVEL יוֹבֵל
“JUBILEO” que se basa en sietes. Hay siete días en cada semana. Siete
años son de una semana de años, y siete semanas de años comprenden una semana a
más largo plazo de 49 años, seguida por el año de YOVEL en el 50º año.
ESTOS SON LOS
LLAMADOS DÍAS DE REPOSO, UNA PALABRA QUE LITERALMENTE SIGNIFICA "DE CESE O
DE DESCANSO". EN OTRAS PALABRAS, AL FINAL DE CADA SEMANA, EN CADA SIETE
AÑOS, Y A LOS SIETE VECES SIETE AÑOS ALGO CESA O TERMINA.
YHWH instruyó este sistema de ciclos sabáticos
(reposos, cese, descansos) para que gobernaran todo el trabajo en la nación,
legislando sobre todo en contra de cualquier forma de ESCLAVITUD que los
hombres puedan concebir.
- La ESCLAVITUD fuerza a los hombres
a trabajar sin parar.
- "La perfecta TORÁ DE LA LIBERTAD"
de YHWH prohíbe a los empleadores obligar a los hombres a trabajar
como esclavos.
- “Hablen y actúen como quienes van a ser
juzgados por la TORÁ DE LA LIBERTAD” Yaakóv/Santiago
2:12.
La razón de YHWH,
manifestada en tantos lugares, es que somos esclavos de YHWH, no
esclavos de los hombres. Él es quien nos compró de MITZRAYIM/EGIPTO (el
Sistema Mundial), por lo que estamos trabajando para Él mediante la promoción
de la cultura y el gobierno de Su Reino y viviendo por Sus principios morales.
En Devarim 15 La Torah se ocupa de la ESCLAVITUD que viene con la
pobreza. La esclavitud está bien regulada por las Escrituras, limitando también
la impuesta por la corte de endeudamiento, que está limitada por el tiempo:
- Si un hombre roba y no puede pagar una
indemnización, era vendido como esclavo para que trabaje para pagar su
deuda.
- Si un hombre simplemente llegaba a la
pobreza a través de los desastres naturales, podía venderse
voluntariamente a sí mismo como un sirviente (ESCLAVO).
- Si la esclavitud era voluntaria o impuesta
por la corte, el resultado era el mismo.
¡SIN EMBARGO, TODA
LA ESCLAVITUD ERA LIMITADA POR EL TIEMPO!
Y SI ALGUNO DE LOS
ESCLAVOS ERA MALTRATADO DEBÍA SER PUESTO EN LIBERTAD Y SU DEUDA CANCELADA
“Si una persona
golpea el ojo de su esclavo o esclava y lo destruye, él lo tiene que dejar ir
libre en compensación por su ojo. Si le hace perder un diente a su esclavo o
esclava, tiene que dejarlo ir libre en compensación por su diente” Shemot/Éxodo 21:26,27
Para entender la REMISIÓN
DE LA DEUDA después de siete años, hay que verlo en el contexto de la
imagen más grande.
LA TORÁ EXIGÍA EL
DESCANSO PARA LOS ESCLAVOS EN EL SHABAT SÉPTIMO DÍA (DÍA DE REPOSO)
“Pero el séptimo
día es un SHABAT (día de reposo) para YHWH tu ELOHIM. En
él no harás ningún tipo de trabajo ni tú, tus hijos o hijas, ni tus esclavos o
esclavas, ni tu buey, tu asno, u otra clase de animal de cría, ni el extranjero
que se está quedando dentro de tus puertas, para que puedan descansar tus
sirvientes y sirvientas, así como lo hacen ustedes” Devarim
5:14
En Devarim 15:1 MOSHÉ se ocupa del séptimo
año SHABAT, en la que las deudas eran perdonadas temporalmente. Pero
también iba a haber una mayor liberación de la deuda después del séptimo ciclo
de siete años, es decir, en el año de YOVEL “Jubileo”.
¿SI LAS DEUDAS ERAN
CANCELADAS TOTALMENTE EN EL SÉPTIMO AÑO, POR QUÉ HABRÍA TAMBIÉN UN AÑO DE
YOVEL?
La remisión de la
deuda en el séptimo año no es una cancelación absoluta de la totalidad de la
deuda, sino sólo una remisión temporal durante ese año de SHABAT.
- Después que el séptimo año ha pasado, los
hombres vuelven de nuevo al trabajo para pagar lo que todavía se deba.
- Es sólo en el AÑO JUBILAR en el que
se pulsaba el botón de REINICIO DIVINO, terminando toda la deuda
restante.
- Cada hombre regresa a su HERENCIA DE LA
FAMILIA, que podía haber sido vendida a cuenta de la deuda Vayikra/Levítico 25:10.
DURANTE UN AÑO DE
DESCANSO DE LA TIERRA EN EL SÉPTIMO AÑO
“Pero en el séptimo
año la tierra tendrá un SHABAT de completo reposo (descanso) un SHABAT
de YHWH: no sembrarán su campo ni podarán su viña” Vayikra 25:4
Lo que crecía por sí
mismo era compartido por todos, tanto el dueño del campo como cualquier otra
persona, incluyendo a los extranjeros:
- “Pero lo que la tierra produzca durante el
año de SHABAT será comida para todos ustedes: tú, tu sirviente, tu
criada, tu empleado, cualquiera que viva cerca de ti” Vayikra 25:6
Por lo tanto, ya que
los propietarios de tierras no tenían ingresos durante un año sabático, sus
deudas eran remitidas (diferidas) también. Si el pago de las deudas se exigía
continuamente, esto obligaría a muchos a continuar la actividad agrícola durante
el año sabático. Por esta razón, las deudas eran remitidas durante el tiempo de
descanso de la tierra.
En el octavo año,
debían reanudar su trabajo, obtener ingresos, y reanudar el pago de cualquier
deuda que se debiera. De esta manera, el año sabático era como el día de
reposo. En cada caso, la remisión era temporal. La cancelación definitiva y
total de la deuda se producía en el AÑO DE YOVEL “JUBILEO” porque
este último día de reposo representa el más alto nivel de "REPOSO"
en la TORÁ.
PERDONAR DEUDAS O PRÉSTAMOS A LOS EXTRANJEROS
Al cabo de seis años
en el calendario hebreo, una remisión de la deuda tuvo lugar cada siete años. MOSHÉ
explicó entonces esta instrucción en la TORÁ aún más en DEVARIM/DEUTERONOMIO:
“Así es como la SHEMITTAH
(remisión) será hecha: TODO ACREEDOR SHAMÁT PERDONARÁ DE LO QUE HA PRESTADO
A SU HERMANO (perdonará la deuda que reclama de su prójimo) miembro de la
congregación; él no forzará a su prójimo o a su pariente que lo pague, porque
el tiempo de remisión de YHWH ha sido PROCLAMADO. Pueden demandar
que el EXTRANJERO pague su deuda, pero tienen que liberar su reclamación
sobre lo que sea que su HERMANO les deba” Devarim
15:2,3
¡UNA VEZ MÁS VEMOS
UNA POSIBLE CONTRADICCIÓN O UN PROBLEMA DE INTERPRETACIÓN AQUÍ!
¿Hay realmente sólo
una TORÁ para los YISRAELITAS y extranjeros, como YHWH
dice en BAMIDBAR 15:16, o ha establecido YHWH un doble estándar
entre YISRAELITAS GENEALÓGICOS y todos los demás?
Si interpretamos esta TORÁ
en el sentido de que YHWH perdona con una doble moral, las Escrituras se
convierten en auto-contradictorias. La clave está en ver que, si un extranjero
se convierte en CIUDADANO DE YISRAEL, con ganas de juntarse con el PACTO
DE YHWH, entonces ya no es tratado como un extranjero que está de paso.
EL EXTRANJERO, EN
ESTE CASO, ES UN INVITADO, NO UN CIUDADANO DE YISRAEL. COMO CIUDADANO DE OTRA
NACIÓN, NO TIENE LOS MISMOS DERECHOS QUE UN CIUDADANO DE YISRAEL. ¡PERO SI
OBTIENE LA CIUDADANÍA EN EL REINO, DEBE SER TRATADO POR IGUAL!
En otras palabras, la TORÁ
es imparcial para todos los ciudadanos y discrimina sólo contra los no
ciudadanos. La razón se debe a que un no ciudadano sigue un conjunto diferente
de leyes y prácticas morales, pues él no ha jurado lealtad a YAHUSHÚA,
el Rey de YISRAEL, por lo tanto, no se sujeta a los preceptos de la TORÁ.
- Por ejemplo, un YISRAELITA podía
cobrar intereses sobre un préstamo a un extranjero Devarim 23:20.
- La razón es que el extranjero podría
obtener un préstamo sin intereses de un YISRAELITA y luego
prestarlo al 30% en Babilonia, lo que es permitido por sus leyes.
- ¡Esa persona no tiene derecho a
beneficiarse de tal arreglo si no vive bajo el mismo estándar moral del
Reino!
PERO SI ÉL FUERA UN
NO-YISRAELITA QUE SE HUBIERA CONVERTIDO EN UN CIUDADANO DEL REINO, LA TORÁ DICE
EN VAYIKRA/LEVÍTICO QUE ÉL DEBE SER TRATADO POR IGUAL
“Si un miembro de
tu pueblo se ha empobrecido, así que no se puede sostener entre ustedes, lo
asistirás (lo mantendrás, lo ayudarás, tú lo sostendrás) como un extranjero o
un residente temporal (forastero o huésped) para que pueda continuar viviendo
con ustedes. NO LE COBRES INTERÉS NI DE OTRA FORMA OBTENGAS GANANCIA DE ÉL,
SINO TEME A ELOHIM, para que tu hermano pueda continuar viviendo con
ustedes. NO TOMES INTERÉS CUANDO LE PRESTES dinero ni tomes ganancia
cuando le vendas comida” Vayikra 25:35-37
En otras palabras, un
"paisano" debía ser tratado "como un forastero o un
extranjero" no exigiendo usura de él. Por la forma en que está redactada,
la TORÁ presume que las personas ya saben que no se cobra intereses a un
residente extranjero, por lo que a los YISRAELITAS se les ordena
tratarlo como a sus compatriotas nativos de la misma manera amorosa.
POR TAL RAZÓN,
BAMIDBAR/NÚMEROS DICE:
“Porque EN ESTA
CONGREGACIÓN HABRÁ LA MISMA LEY PARA USTEDES QUE PARA EL EXTRANJERO QUE VIVE
CON USTEDES; este es decreto eterno por todas sus generaciones; USTEDES
Y LOS EXTRANJEROS SERÁN TRATADOS DE LA MISMA FORMA DELANTE DE YHWH. LA MISMA TORÁ
Y NORMAS PARA JUZGAR SERÁN APLICADAS A AMBOS: USTEDES Y EL EXTRANJERO que
vive con ustedes” Bamidbar 15:15,16
Como demuestra la
historia, el pueblo de JUDÁ después interpretó la TORÁ de manera
diferente con el fin de justificar su maltrato a los extranjeros. Esto salió de
su orgullo al pensar que eran más justos y más apartados, que tenían genes
superiores, en virtud de su descendencia de ABRAHAM. Esto es algo
natural (en la tendencia carnal) convertirse en nacionalista, porque estamos
influenciados por los conflictos entre naciones.
Para el tiempo en que YAHUSHÚA
nació, el nacionalismo estaba totalmente arraigado por su pasado conflicto con
los samaritanos, griegos y romanos. Por lo tanto, los líderes religiosos
enseñaron a la gente a despreciar a todos los extranjeros. Incluso cuando se
adherían al pacto de YHWH permanecían como ciudadanos de segunda clase,
algo que el SHALIAJ SHAÚL (Apóstol Pablo) combatió con todas sus
fuerzas.
Debemos tener cuidado
de no permitir tales intereses nacionalistas propios para determinar nuestra
interpretación de la Escritura o tratar de hacer la TORÁ DE YHWH de
nuestra exclusiva propiedad.
EL BUEN SAMARITANO: LA RESTAURACIÓN DEL
PRÓJIMO EN LA SHEMITTAH
Yahushúa contó la parábola del BUEN SAMARITANO,
una historia que probablemente sorprendió a muchos de los que lo oyeron. En Lucas 10:25 un maestro de la TORÁ llegó
para probar a YAHUSHÚA, queriendo saber lo que debía hacer para heredar
la vida en la OLAM HABA (mundo por venir). Era una pregunta capciosa,
porque la herencia es algo que se da por JESED y RÉJEM (GRACIA
Y MISERICORDIA), no que se gana. La herencia no es dada como pago por los
servicios prestados. Pero si se quiere hacer algo, entonces el camino era
seguir la TORÁ perfectamente, si crees que puedes hacerlo.
YAHUSHÚA RESPONDIÓ
AL INTÉRPRETE DE LA TORÁ CON UNA PREGUNTA PROPIA
“Y él le dijo:
“¿Qué está escrito en la TORÁ? ¿Cómo lees?” Lucas
10:26
EL INTÉRPRETE DE LA
TORÁ DIO LA RESPUESTA CORRECTA
“Él le respondió: AMARÁS
A YHWH TU ELOHIM CON TODO TU CORAZÓN, CON TODO TU SER, CON TODAS TUS FUERZAS Y
CON TODA TU MENTE; Y A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO” Lucas 10:27
EL MAESTRO DE LA
TORÁ, TODAVÍA CON GANAS DE PROBAR A YAHUSHÚA, LE PREGUNTÓ
“Pero él, queriendo
justificarse, le preguntó a YAHUSHÚA: “¿Y quién es mi prójimo?” Lucas 10:29
Hoy pensamos de esta
frase en términos de hacer una excusa por mal comportamiento; pero para un
estudiante de la TORÁ, significaba lograr la posición correcta delante
de YHWH y Su TORÁ.
¿CÓMO SE PUEDE
CUMPLIR CON LA TORÁ SOBRE EL AMOR AL PRÓJIMO?
La definición de
prójimo es el núcleo central de la parábola que sigue. Esto era en gran medida
un problema de interpretación de la TORÁ. El intérprete de la TORÁ
era un intérprete maestro de la TORÁ. No hay duda de que había sido
educado en la creencia casi universal de su época que prójimo significaba un
compañero de Judea que pudiera remontar su ascendencia a Judá y en última
instancia a ABRAHAM. ¡TODOS LOS OTROS NO CALIFICABAN PARA LA IGUALDAD
DE TRATO!
EL QUIEBRE DE LA IMPARCIALIDAD EN EL TRATO AL EXTRANJERO
A diferencia de las
instrucciones de BAMIDBAR/NÚMEROS y VAYIKRA/LEVÍTICO, donde se
ordenaba un mismo derecho para el natural y el EXTRANJERO (GUER),
el liderazgo religioso del primer siglo había creado una barrera teológica:
- Definían al PRÓJIMO exclusivamente
como un compañero de Judea que pudiera demostrar su ascendencia hasta ABRAHAM.
- Esta distorsión permitía negar la JESED
(MISERICORDIA) a los SAMARITANOS y extranjeros, tratándolos
como si no calificaran para la igualdad de trato prescrita en la TORÁ.
- Al limitar quién era el
"prójimo", también limitaban quién era digno de la SHEMITTAH
(PERDÓN/REMISIÓN), convirtiendo una ley de liberación universal en
un privilegio exclusivo y excluyente.
YAHUSHÚA RESPONDIÓ CON LA PARÁBOLA
DEL SAMARITANO
Los SAMARITANOS,
aun cuando tenían linaje de YISRAELITAS del reino del norte, eran
despreciados y odiados.
PERO VEMOS QUE
VAYIKRA ORDENÓ A YISRAEL:
“...AMA A TU
PRÓJIMO COMO A TI MISMO; Yo soy YHWH” Vayikra
19:18
Sin embargo, los
líderes religiosos enseñaban que esto se aplicaba sólo a los compañeros judíos.
De hecho, era un deber religioso aborrecer a los SAMARITANOS. La
parábola de YAHUSHÚA corrigió este punto de vista y trajo la
interpretación de la Escritura en alineación con la mente de YHWH.
El hombre de la parábola viajaba de Yahrushalayim a Jericó, pero fue
robado y golpeado. En la cultura de Oriente Medio, los que están siendo robados
normalmente no son golpeados a menos que se resistan al robo. Por lo que es
claro que él se resistió a ser robado y fue golpeado severamente por su problema.
Él también fue despojado de su ropa, lo que haría difícil para cualquier
persona que pasa reconocer su nacionalidad o condición.
- EL SACERDOTE: EL SACERDOTE
EN LA PARÁBOLA SIMPLEMENTE CAMINÓ POR EL OTRO LADO. Muchos
de los sacerdotes en el primer siglo vivían en Jericó, y venían a Yahrushalayim
para ministrar en el templo cuando su turno de dos semanas llegaba. Después
de todo, él tenía deberes sacerdotales en el templo, y si el hombre
estuviera muerto, él se contaminaría por tocarlo. Si él se había hecho
impuro y luego trataba de servir en el altar, se ponía en peligro de ser
matado MISHNÁ, SANEDRÍN 9:6 Así
que el sacerdote siguió caminando.
- EL LEVITA: TAMPOCO HIZO
NADA. Los levitas servían como ayudantes de los
sacerdotes. Él pudo haber sido el ayudante del sacerdote caminando por
delante de él. Por lo tanto, si el sacerdote no hizo nada, seguramente el
levita quedó justificado en hacer lo mismo. Él optó por seguir el
precedente “TAKANÓT” establecido por el ejemplo del sacerdote.
- EL SAMARITANO: Llegó y ayudó al hombre herido
(probablemente un YAHUDÍ). El insulto indignante para los oyentes
fue que un SAMARITANO odiado ayudó a un YAHUDÍ herido,
llevándolo a una posada en Jericó y pagando DOS DENARIOS (más de
una semana de cuidado) Estaba incluso dispuesto a pagar más a su regreso,
si el costo de su cuidado superaba esto.
Tenga en cuenta que
la mayoría de los Yahudi/judíos evitaban el peligro caminando a muchas millas
de su camino para ir alrededor de Samaria. Lo mismo podía decirse de un
samaritano con Judea. Podemos concluir, entonces, que el samaritano estuvo
dispuesto a ponerse en peligro al llevar al Yahudi/judío herido a una posada en
Jericó.
Cuando el intérprete respondió
con el SHEMÁ y el amor al prójimo, Yahushúa utilizo la parábola
para demostrar que el conocimiento intelectual de la TORÁ no sirve si se
ha perdido la EMUNÁ (FE/FIDELIDAD) práctica hacia el necesitado.
El SAMARITANO actuó según la esencia de la SHEMITTAH: él
"dejó ir" (SHAMÁT) su tiempo, su seguridad y sus recursos para
restaurar a alguien que desde el punto de vista judío del primer siglo era un
despreciado. ¡SER PRÓJIMO ES UNA ACCIÓN, NO UNA NACIONALIDAD!
La pregunta final de YAHUSHÚA
cambia el enfoque del sustantivo al verbo:
“¿Según tu parecer
cuál de estos tres, llego a ser el prójimo del que cayó en manos de los
ladrones?” Lucas 10:36
La clave es que YAHUSHÚA
no pidió al intérprete de la TORÁ que fuera el prójimo, sino que
se convirtiera en un prójimo por sus acciones. ¡Porque él actuó con
buena vecindad!
REMEZ DE LA MASHAL DEL BUEN SHOROMNI
Esta parábola tiene
para nosotros enseñanzas profundas. El REMEZ revela insinuaciones
proféticas y conexiones ocultas en el texto, mostrando que las parábolas de YAHUSHÚA
eran más que simples lecciones morales; eran mensajes de restauración, de
remisión y de perdón: SHEMITTAH שְׁמִטָּה
/ SHAMÁT שָׁמַט.
Sobre la MASHAL
HATOV SHOROMNI (PARÁBOLA DEL BUEN SAMARITANO) ya se ha
abordado un análisis exhaustivo donde exploramos a quién representa el HERIDO,
los SACERDOTES y el BUEN SAMARITANO. Los símbolos de estos
personajes se encuentran profundamente arraigados en el mismo TANAJ (ESCRITURAS),
revelando que más allá de una instrucción ética o una interpretación literal,
existe un REMEZ (insinuación profética)
donde el MASHÍAJ mismo es quien rescata a la humanidad caída. Esta
conexión simbólica muestra que la redención es el acto supremo de amor al
prójimo.
PARA MAYOR AMPLITUD
LEA NUESTRO ANÁLISIS
EL
MASHÍAJ YAHUSHÚA EL BUEN SAMARITANO
LA TORÁ EXIGE IMPARCIALIDAD UNIVERSAL
Mientras que los judíos
pueden argumentar que YAHUSHÚA violaba la TORÁ por su trato a los
SAMARITANOS, en realidad, YAHUSHÚA sólo estaba violando su mala
interpretación de la TORÁ. La TORÁ exige imparcialidad y
específicamente señala a los extranjeros como beneficiarios:
“SI UN
EXTRANJERO SE QUEDA CONTIGO EN TU TIERRA, NO LE HAGAS EL MAL. Trata al
extranjero que se está quedando contigo como uno de sus ciudadanos LO AMARÁS
COMO TE AMAS A TI MISMO, PORQUE TÚ FUISTE EXTRANJERO EN LA TIERRA DE MITZRAYIM;
Yo Soy YHWH tu ELOHIM” Vayikra
19:33,34
Si los actuales judíos siguieran esta instrucción de la Torá hoy,
habrían evitado muchos conflictos con los palestinos. De hecho, si hubieran
emigrado a esa tierra como creyentes respetuosos de la Toráh, la historia
moderna habría sido muy diferente. Asimismo, si los primeros creyentes hubieran
entendido esta Toráh correctamente, la historia moderna de habría sido muy
diferente.
Por desgracia, al igual que los judíos, los cristianos profesantes
incluso han tenido dificultades para conocer el Ruaj que se revela en la Toráh.
Esta sección demuestra
que la SHEMITTAH y el perdón de deudas no pueden ser verdaderamente
cumplidos si existe acepción de personas. El MASHÍAJ restaura la
interpretación de la Escritura en alineación con la mente de YHWH, donde
el amor y la redención se extienden a todo aquel que se suscribe a la EMUNÁ,
rompiendo las barreras del nacionalismo religioso.
¡Los hijos de YHWH
debemos ser perdonadores e imparciales en el perdón, no limitar nuestra buena
voluntad a nuestro propio grupo, raza o nación! Este es el modo de vida que la TORÁ
de YHWH instruye a los hijos de YISRAEL.
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SHALOM A TODOS
ATENTAMENTE RICARDO ANDRES
PARRA RUBI
MALKIYEL BEN ABRAHAM

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